Persona física
, de conformidad con el Artículo 145 de la Ley Concursal, es procedente cesar a los administradores de la sociedad, suspendiendo las facultades de administración y disposición del deudor
Primera aparición
—
Última aparición
—
Empresas vinculadas
1
Red de relaciones
Descubre quién está conectado, a través de qué empresa y con qué cargo.
Relaciones societarias
1
Relaciones societarias
11 cargo
Liquidador
Cesado4/7/2014
Datos procedentes de publicaciones oficiales del BORME. Consultar fuente oficial →